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  1. #1

    Silla en asiento copiloto??

    Hola a todos. Tenemos este problema con los niños y los coches. Tenemos 3 niños, y nos cambiamos a un Touran (que es el coche familiar) porque cabían las tres sillas atrás, pero en el otro no se puede. Es un Golf. Hasta ahora el pequeño iba en un Grupo 0+ en el asiento del copiloto, pero ya no cabe y va encogido. El mayor ya usa elevador con cinturón de seguridad, y nuestra duda es si podría pasar al asiento del copiloto y así poner al pequeño detrás con la hermana. Sé que está prohibido llevar niños delante, pero en estos casos se puede hacer la excepción?? Si no, no podría uno encargarse de recoger a los tres del cole, ¡¡uffff!!...

    Muchas gracias!

  2. #2
    Hola Anena, bienvenida!

    Bueno, aquí hay varias cosas, voy una a una:

    - El grupo 0+ se puede usar mientras el nmiño no pase de los 13kg y mientras la cabeza no salga de la carcasa. Si aún no ha sucedido eso, loo mejor es que siga usando su grupo 0+.

    - A la espera del nuevo reglamento de circulación, que está en redacción, nos guiamos por el que tenemos ahora en vigor. Y lo que dice la norma ahora mismo es que cualquier menor puede ir en el asiento del copiloto siempre y cuando haga uso del SRI correspondiente. A lo que obliga la Ley es a desactivar el airbag si la silla va de espaldas. Si va de frente no hay obligación de desactivarlo aunque sí se recomienda.

    - Entonces, de llevar a un niño delante, la opción más recomendable por seguridad es que sea una silla ACM. Por lo tanto, si a tu pequeño ya hay que cambiarlo de silla, lo suyo sería cambiarlo a una silla ACM e instalarla en la plaza del copiloto. Y dejar a los dos que van de frente en el asiento trasero. No nos dices qué edad tiene tu hijo pequeño, pero entiendo por la silla que usa que aún no tiene dos años... Con lo que la única forma de llevarlo seguro es sentarlo en una silla ACM.

    Por tanto la combinación sería:
    - el pequeño delante en una silla de grupo 1 ACM.
    - normalmente esto permite alejar el respaldo del asiento delantero de la plaza trasera, porque puedes poner el respaldo muy vertical, y adelantar el asiento hasta que la silla ACM apoye en el salpicadero. Entonces, detrás del copiloto, iría el niño que usa elevador, y detrás del conductor (que normalmente necesita más espacio y por tanto su respaldo queda más detrás) la niña que supongo va en una silla de arnés de frente.
    - Por supuesto si por la configuración del coche el resultado es el inverso (el asiento que queda más adelantado es el del conductor) habría que sentar detrás de esa plaza al niño en elevador. La idea es que la plaza donde va el elevador sea la que más espacio tiene delante suyo, desde la cabeza del niño hasta el respaldo delantero.

    Pues nada, espero haberte aclarado, ya ves que el "tetris" es posible

    Bss!
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  3. #3
    Hola buenos días, estoy leyendo que a la espera de la aprobación del reglamento general de circulación, se permite circular con los niños en el asiento del copiloto, y no es asi. Se aprobó en abril del año pasado la modificación de la ley de trafico donde especifica el cambio y ya se esta sancionando . Os dejo en enlace
    http://www.dgt.es/Galerias/seguridad...-Modif-LSV.pdf

  4. #4
    Hola unade50, gracias por el documento.

    Mira lo que dice en el mismo, apartado 8.4 (página 7):

    "Por razones de seguridad vial, se podrá prohibir la ocupación de las plazas delanteras o traseras del vehículo por los menores en función de su edad o talla, en los términos que se establezcan reglamentariamente."

    Es decir, que está previsto reglamentar el que los menores viajen delante. ¿En qué términos? No lo sabemos, porque dice que se va a reglamentar. O sea, que hasta la publicación del nuevo reglamente, nos hemos de guiar por el actual, que dice que los menores no pueden ir delante salvo que lo hagan en una silla adecuada.

    Así que, las sanciones que por este motivo se estén aplicando, no son correctas. Va a haber que llevar una copia del BOE en la guantera para discutir con el guardia de turno ...

    Bss
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  5. #5
    Hola, muchas gracias por contestar. He hecho una consulta a trafico para que me lo aclaren, porque hace no mucho asistí a una charla impartida por la unidad de agente tutor de guardia civil y nos comentaron que ya se está aplicando, que no pueden ir los menores de 12 años o que midan menos de 1,35 en asientos delanteros, excepto que sea un vehículo biplaza o estén ocupados los asientos traseros ocupados por 3 menores . Y que guardia civil de trafico ya estaba aplicando esta norma. A ver que contestan y me aclaran el tema.

  6. #6
    Ya, si me lo creo porque yo he discutido este tema por internet con familiares de agentes, y les decían que ya estaba prohibido y que les multaban... Así que me cuadra que haya agentes diciendo esto. Pero ya ves que no es así.

    ¿Sabes qué pasó? Que la información que salió en los medios fue la de "la DGT quiere prohibir tal tal tal...". Luego sale la Ley, y hale yasta, prohibido. Y la Ley no dice eso. Pero claro, hay que leersela, y tal...

    Bss
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  7. #7
    Hola, quede en hacer la consulta y la hice!!
    Tienes razón , llame a la agrupación de tráfico de guardia civil de Madrid para hece la consulta y ni ellos lo tenían claro. Pero después de leernos el reglamento con la ultima modificación que tenían ellos, y no aparecía nada de las modificaciones de la nueva ley de trafico.
    Así q a esperar!!! Y muchas gracias y perdón

  8. #8
    Soy agente de la Guardia Civil de Trafico. A dia de hoy si se puede llevar a un menor en el asiento delantero siempre que use el SRI adecuado a su talla y peso.
    Una vez se apruebe el nuevo reglamento , y según consta en el borrador del mismo, No se podrá llevar al menor delante, a menos que llevemos a 4 menores dentro del coche y uno de ellos tenga que ir obligatoriamente delante

  9. #9
    Hola! A mi me gustaria saber que dice la normativa , su es que dice algo, sobre el airbag en el copiloto en caso de llevar a un bebe.
    Como debe ir si el bebe va a favor de la marcha y en contra, ya que em mi caso tenemos una hija que va a favor y otra mas pequeña en contra.
    Nos interesa llevar a la mayor en el copiloto porque es la que menos atencion necesita y por lo tanto distraeria menos al conductor, pero no sabemos si el airbag debe ir activado o desactivado y la info que encuentro al respecto es confusa.
    Despues deberemos informarnos de si podemos poner algun mecanusmo para poder desactivarlo y activarlo facilmente..
    Gracias.
    Mireia

  10. #10
    El sábado 18 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 667/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.

    Así ha quedado la redacción literal del apartado que más nos interesa de dicha artículo 117:
    En los vehículos de hasta 9 plazas, incluido el conductor, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cms , deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso.
    Estos deberán situarse siempre en los asientos traseros. Excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero derecho, SIEMPRE que utilicen un sistema de retención infantil homologado debidamente adaptado a su talla y peso, en los siguientes casos:
    1.- Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.
    2.- Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por menores
    3.- Cuando no sea posible instalar en dichos asientos TODOS los sistemas de retención infantiles. Este es el punto que generaba más discordia a las familias. ¿Si tenemos tres menores de edad y no caben los tres sistemas atrás, que podíamos hacer? Pues la DGT dice que en caso de no quepan o no sea posible la instalación, con total seguridad, de dichos sistemas, se podrá llevar a un menor en el asiento delantero.
    Según la DGT y el Gobierno de España, el objetivo de estos cambios es imponer como prioridad que el menor que no alcance esa estatura ocupe siempre el asiento trasero del vehículo, en el que la posibilidad de sufrir lesiones en caso de accidente es considerablemente menor que al ocupar los asientos delanteros, evitando que los menores puedan ocupar el asiento delantero aun cuando los asientos traseros no estén ocupados.
    Mientras tanto, nada cambia en la seguridad de nuestros pequeños dentro del TAXIS, a los que se le PERMITE cuando circulen en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades, transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero…
    Esto entrará en vigor el dia 1 de Octubre de 2015
    Visita mi pagina de FacebooK: Seguridad Vial en Familia"

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